24 enero 2012

INSTRUCCIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO

Buenos días seguidores y compañeros, el post de hoy es debido a una nueva Instrucción de la DGT, que os transcribo a continuación:


Por el presente ponemos en su conocimiento que se han realizado las adaptaciones necesarias en el Registro de Vehículos para dar cumplimiento al Escrito-Directriz SGON 03/11 sobre renovación del permiso de circulación con ITV caducada, en la que se recoge que al efectuar un cambio de titularidad o un duplicado del permiso de circulación de un vehículo con ITV caducada, se imprimirá y entregará siempre el permiso de circulación, con independencia de si el vehículo se encuentra o no al corriente de la inspección técnica.
En todos los supuestos (tanto si el vehículo tiene o no la ITV caduca), se imprimirá automáticamente en el apartado XX Observaciones la siguiente leyenda: “Documento válido si acompaña ITV en vigor”.
Por tanto, en lo sucesivo, en los permisos de circulación expedidos a partir del 20 de Enero de 2011, se consigna la leyenda “Documento válido si acompaña ITV en vigor” y desaparece el código de barras (se adjunta documento explicativo).




No hay comentarios:

Publicar un comentario