Por el presente ponemos en su conocimiento que se han realizado las adaptaciones necesarias en el Registro de Vehículos para dar cumplimiento al Escrito-Directriz SGON 03/11 sobre renovación del permiso de circulación con ITV caducada, en la que se recoge que al efectuar un cambio de titularidad o un duplicado del permiso de circulación de un vehículo con ITV caducada, se imprimirá y entregará siempre el permiso de circulación, con independencia de si el vehículo se encuentra o no al corriente de la inspección técnica.
En todos los supuestos (tanto si el vehículo tiene o no la ITV caduca), se imprimirá automáticamente en el apartado XX Observaciones la siguiente leyenda: “Documento válido si acompaña ITV en vigor”.
Por tanto, en lo sucesivo, en los permisos de circulación expedidos a partir del 20 de Enero de 2011, se consigna la leyenda “Documento válido si acompaña ITV en vigor” y desaparece el código de barras (se adjunta documento explicativo).
En todos los supuestos (tanto si el vehículo tiene o no la ITV caduca), se imprimirá automáticamente en el apartado XX Observaciones la siguiente leyenda: “Documento válido si acompaña ITV en vigor”.
Por tanto, en lo sucesivo, en los permisos de circulación expedidos a partir del 20 de Enero de 2011, se consigna la leyenda “Documento válido si acompaña ITV en vigor” y desaparece el código de barras (se adjunta documento explicativo).
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